Señores:
República
Bolivariana de Venezuela
Ipostel TELEGRAMA CON PC
Oficina:
Los Ruices U R G E N T E
Presente
Destinatario:
República
Bolivariana de Venezuela
Poder
Electoral.
C.
N. E.
TIBISAY
LUCENA RAMÍREZ
Presidenta
Su
Despacho
Dirección:
Consejo Nacional Electoral
Edif. Sede del Consejo Nacional Electoral
Centro Simón Bolívar. El Silencio
Distrito Capital
Texto de mi telegrama es el que sigue, a saber:
Yo GIORGIA VAI BOZZOLI venezolana titular de Cedula
de Identidad # V-2.138.101, inscrita en el Registro Civil y Electoral Nacional,
consciente de mis derechos y deberes electorales reales políticos cívicos inconcusos que aquí
reclamo conculcados por Omisión Constitucional de los principios inalterables
que sirven de base y sustento a la formación del Gobierno Democrático de la
República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen
que “es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado,
alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables” consagrado en la
norma constitucional “plenamente eficaz por si misma”, instituida en el
artículo 6 de nuestra Carta Magna. Omisión que, jurídicamente, inhabilita para ejercer
el derecho de ocupar cargos públicos de elección popular a aquellos ciudadanos
que por no cumplir con los requisitos constitucionales, prohibición
Constitucional disponible en concreto, ponen a alto riesgo la V
República en un caso aventurado que “compromete el porvenir patrio”
exponiéndolo, a la gradual expansión
comunista en Sudamérica, contraria a la Revolución Democrática instituida y pregonada
por nuestra Carta Magna en 1999. Discreción que se extiende a futuras
generaciones que constituyen la “masa hereditaria indefinida” de la denunciada omisión
por error imperdonable de este Ente Público Electoral a su digno cargo. La
admisión inconstitucional por este Órgano Electoral (C.N.E.) de la Candidatura
Presidencial del Ciudadano Rafael Hugo Chávez Frías en pos de una segunda
Reelección Presidencial consecutiva inmediata del mandato presidencial para los
Comicios celebrados el día 07-10-12 y posterior declaratoria elevándolo
impropiamente al cargo de Presidente de la República para gobernarnos por el
sexenio 2013-2019 indujo el Electorado venezolano a error por haberse alterado
arbitrariamente el principio “alternativo” básico a la práctica real de la
democracia participativa y protagónica del Pueblo Soberano por derecho propio
en lo político, establecida en el Artículo 5
ejusdem cuyo ejercicio no está sujeto a discrecionalidad alguna del
Consejo Nacional Electoral (C.N.E) ni a la de de los cinco (5) Poderes
Constituidos. Por tener la presunción legal Constitucional a mi favor se
revierte la carga de la prueba. Ratifico el requerimiento necesario de eliminar
del Registro Electoral Público (R.E.P.) los votantes extranjeros inmersos en el
mismo por este Órgano Comicial a su digno cargo; los cuales, por estar
identificados con cédulas de identidad venezolanas falsas, en razón de que el
Órgano de ONIDEX, vía Operativos creados ilegalmente por el ciudadano Hugo
Cabezas constituidos en Misión Cedulación de Calle, omitió, a espaldas del electorado legitimo
Venezolano, sorprendiendo su buena fe, y eludiendo el deber de tuición del
orden público, realizar el debido control de naturalizados pautado
imperativamente en el artículo 33 de la Constitución Vigente, no están
constitucionalmente habilitados para ejercer los Derechos a VOTO y ELEGIR
previstos en los artículos 62, 63, y 64 del Texto Fundamental Vigente. Por lo
cual pues el Consejo Nacional Electoral
a su digno cargo alteró con sus pronunciamientos los resultados electorales de
los Comicios Presidenciales del día 7 de octubre de 2012 en perjuicio de la V
República y en prejuicio y discriminación de los Derechos de los Electores
legítimos venezolanos a obtener elecciones justas, transparentes y válidas.
Todo lo narrado pasó a la vista pública de la Defensora del Pueblo, ciudadana
Gabriela Ramírez y de la Comunidad Internacional observadora. Por constituir
menoscabo a mis Derechos Humanos (imprescriptibles
e indemnizables) me vi obligada a excusarme ante este mismo Ente Electoral por
no votar en los Comicios del 7 de Octubre de 2.012 preservando así intacto mi Derecho a Votar y Elegir, en ejercicio
válido y legal a la Desobediencia Civil prescrita por el Constituyente en los
Artículos 333, 349 y 350 de nuestra Constitución vigente. No habiendo sido
subsanados los mencionados Actos constitutivos de Injusto Jurídico con
consecuencias jurídicas atentatorias a la integridad Constitucional,
respetuosamente me excuso por no votar en los Comicios Regionales previstos
para el día 16 de diciembre de 2012. Quiero dejar expresa constancia de que lo que la
Constitución Política no les otorga a los Órganos Públicos no lo pueden éstos tomar de sus
propias manos; razón por la cual la inhabilitación del Ciudadano Rafael Hugo
Chávez Frías al cargo público ut supra,
pende fatalmente sobre la ilícita formación del nuevo Gobierno
venezolano. Es requisito impretermitible subsanar el todo reproduciendo los Actos invalidados sin la
participación del referido ciudadano y sin repetición de los vicios denunciados
por inconstitucionales, en los términos de ley. Me reservo como
legitimaria el ejercicio de la acción de impugnación de ley por las
consecuencias jurídicas de la denunciada inhabilitación, que procede en todo
momento, en caso de que este Órgano decisorio a su digno cargo no disponga
proveer de Oficio en función tuitiva del Orden Público Nacional. Queda así
expresada mi firme voluntad de Electora Legitima. Responsablemente doy Derecho
a Réplica. Es todo. Es Justicia y fe en Dios. En Caracas el día once (11) de
Diciembre del año 2012.
Giorgia
Vai
[Sigue mi Dirección],